Impuesto a las transferencias 0.20% en República Dominicana desde el 3 de julio de 2026 (Ley 30-26)

Impuesto a las transferencias 0.20% · Ley 30-26

El “punto veinte” ya está aquí

Desde hoy, cheques y transferencias electrónicas pagan 0.20% (antes 0.15%).

Son RD$2 por cada RD$1,000 que envías a terceros o pagas con cheque.

Vigente desde el 3 de julio de 2026 · Art. 40 de la Ley 30-26

Si hoy hiciste una transferencia y te llegó un descuento un poquito mayor, no es un error del banco. Desde el 3 de julio de 2026, el impuesto a las transferencias y cheques subió a 0.20%: el famoso “punto quince” (0.15%) pasó a ser “punto veinte”. En pesos, significa RD$2 por cada RD$1,000 que muevas hacia la cuenta de otra persona o pagues mediante cheque.

Parece poco, pero si haces muchas transferencias al mes, suma. En esta guía te explico qué cambió exactamente, quién lo paga, en qué casos aplica y en cuáles NO, con ejemplos en pesos y las operaciones que están exentas para que no pagues de más sin darte cuenta.

¿Qué cambió con el impuesto a las transferencias (0.20%)?

Infografía: el impuesto a transferencias y cheques sube de 0.15% a 0.20% (RD$1.50 a RD$2 por mil)

La Ley 30-26 (medidas procrecimiento económico y simplificación fiscal) modificó el artículo 382 de la Ley 288-04 y elevó la tasa de este impuesto de 0.15% a 0.20% (2 por mil). La DGII fijó su entrada en vigor el 3 de julio de 2026. Puedes ver la explicación oficial de la Asociación de Bancos (ABA).

ConceptoAntesAhora
Tasa del impuesto0.15%0.20%
Por cada RD$1,000RD$1.50RD$2.00
Vigenciahasta el 2 de julio de 2026desde el 3 de julio de 2026

¿Quién paga el impuesto a las transferencias 0.20% y cómo se cobra?

Lo paga el titular de la cuenta desde la cual se emite el cheque o se ordena la transferencia. El cobro es automático: se debita en el mismo momento de la operación.

El banco no inventa este cobro. Las entidades financieras actúan solo como agentes de retención: debitan el impuesto y lo envían a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), que es quien lo recauda. Es un tributo del Estado, no un cargo del banco.

⚠️ Error común. Muchas personas creen que el impuesto es un descuento que hace el banco por decisión propia. En realidad, las entidades financieras solo actúan como agentes de retención: el impuesto está establecido por ley y es remitido a la DGII.

¿En qué casos aplica y en cuáles no?

Qué operaciones pagan el impuesto a las transferencias 0.20% y cuáles están exentas en RD

Sí paga el 0.20%:

  • Emisión y pago de cheques.
  • Transferencias electrónicas a terceros, dentro o fuera de tu banco.
  • Transferencias a cuentas de terceros, incluidas las que haces para pagar un préstamo o una tarjeta (lo gravado es la transferencia, no el pago en sí).
  • Transferencias a cuentas mancomunadas con terceros.
  • Retiros de efectivo hechos por terceros con códigos en cajeros.

NO paga (operaciones exentas):

  • Transferencias entre cuentas de un mismo titular (mismo banco o entre bancos distintos).
  • Retiros de efectivo en cajeros y sucursales.
  • Consumos y pagos con tarjeta de crédito (usar la tarjeta para comprar).
  • Pagos a la Seguridad Social y operaciones de fondos de pensiones.
  • Pagos al Estado por concepto de impuestos.
  • Transferencias internacionales y a puestos de bolsa hacia cuentas del mismo titular (requiere carta del banco receptor que confirme la titularidad).

Ojo con la tarjeta de crédito: comprar con tu tarjeta está exento, pero pagar la tarjeta transfiriendo desde tu cuenta sí paga el 0.20%.

Cuánto pagas del impuesto a las transferencias 0.20%: ejemplos

Ejemplos del impuesto a las transferencias 0.20%: RD$2 por cada RD$1,000 transferido a terceros

El impuesto es 0.20% del monto (RD$2 por cada RD$1,000). Así queda según lo que transfieras a un tercero:

Transfieres a un terceroImpuesto 0.20%Débito total
RD$1,000RD$2.00RD$1,002.00
RD$10,000RD$20.00RD$10,020.00
RD$50,000RD$100.00RD$50,100.00
RD$100,000RD$200.00RD$100,200.00

Ejemplo real: si transfieres RD$10,000 para pagarle a tu suplidor, de tu cuenta salen RD$10,020. Esos RD$20 son el impuesto (RD$2 por cada RD$1,000), no un cargo del banco.

Cómo reducir su impacto (sin complicarte)

El impuesto es proporcional, así que no hay “trucos” para evadirlo: lo que sí puedes es aprovechar las operaciones exentas y planificar mejor tus movimientos.

  • Mueve dinero entre tus propias cuentas sin costo: pasar de tu ahorro a tu corriente (o entre tus cuentas en distintos bancos) está exento.
  • Usa la tarjeta de crédito para tus consumos: comprar con la tarjeta no paga el impuesto (pero paga la tarjeta a tiempo para no generar intereses).
  • Evita fraccionar de más: como es un porcentaje del monto, hacer 5 transferencias pequeñas o 1 grande paga el mismo impuesto; agrupa cuando puedas para ahorrar comisiones del banco.
  • Presupuesta el 0.20%: si tu negocio hace muchos pagos por transferencia, inclúyelo como un costo fijo pequeño en tus números para que no te tome por sorpresa.

💡 Consejo MQF. Antes de pagar, pregúntate: ¿es a un tercero o a una cuenta mía? Si es entre tus cuentas, es gratis; si es a un tercero, ya sabes que cuesta RD$2 por cada mil. Con eso claro, ordenas tus pagos y evitas sorpresas.

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Preguntas frecuentes sobre el impuesto a las transferencias 0.20%

¿Cuánto es el impuesto a las transferencias?

Desde el 3 de julio de 2026 es de 0.20%, equivalente a RD$2 por cada RD$1,000 transferidos a terceros.

¿Las transferencias entre mis propias cuentas pagan el impuesto?

No. Las transferencias entre cuentas del mismo titular se encuentran dentro de las operaciones exentas previstas por la normativa.

¿Las compras con tarjeta de crédito pagan este impuesto?

No. El consumo realizado con tarjeta de crédito no está sujeto a este impuesto.

¿Quién paga el impuesto?

Lo paga quien ordena la transferencia o emite el cheque. La entidad financiera actúa como agente de retención y lo remite a la DGII.

¿Dónde puedo consultar la base legal?

La modificación fue introducida por la Ley 30-26, que modificó el artículo 382 de la Ley 288-04 y entró en vigencia el 3 de julio de 2026.

Conclusión

El impuesto a las transferencias 0.20% (el salto de 0.15% a 0.20%) se siente poco en cada operación, pero conocer las reglas te ahorra dinero: mueve entre tus cuentas sin costo, usa bien la tarjeta y presupuesta ese pequeño porcentaje en tus pagos a terceros. Informado, el “punto veinte” deja de ser una sorpresa y pasa a ser parte ordenada de tus finanzas.

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Base legal: Ley 30-26 (art. 40), que modifica el art. 382 de la Ley 288-04; vigencia fijada por la DGII el 3 de julio de 2026. Este contenido es educativo e informativo y no sustituye asesoría profesional. Verifica siempre la norma vigente de la DGII. © Más Que Finanzas — Harolin Vargas, CPA.