¿CÓMO CALCULO MIS PRESTACIONES LABORALES?

Para calcular tus prestaciones laborales en nuestro país, es necesario entender los conceptos básicos y los elementos que componen este cálculo. Las prestaciones laborales son derechos adquiridos por el trabajador en función de su tiempo de servicio y su salario. 

Aquí te explico cómo calcularlas:

Salario Promedio: Para calcular las prestaciones laborales, primero debes determinar tu salario promedio. Esto se hace sumando todos tus salarios de los últimos doce meses y dividiendo la suma total por doce.

Salario Diario: El salario diario se calcula dividiendo tu salario mensual entre 23.83, tal cual lo establece el código laboral de nuestro país.

Regalía Pascual o doble sueldo: es un sueldo adicional que corresponde a un salario trece como muchos lo llaman. Y no es más que el salario promedio de los doce meses.

Vacaciones: Las vacaciones se calculan basándose en el salario diario. Por la cantidad de días que nos corresponda, según nuestra antigüedad en la empresa en cuestión. Los días están estipulados en el artículo 177 del código de trabajo como sigue:

-Después de un trabajo continuo no menor de un año ni mayor de 5 años, 14 días de salario ordinario.

-Después de un trabajo continuo no menor de 5 años, 18 días de salario ordinario.

Vacaciones = (Salario diario) * 14 ( En caso de tener más de un año y menos de 5 años).

Preaviso: Se calculan de acuerdo al salario diario, por la cantidad de días correspondientes, según la antigüedad en la empresa.

3 a 6 meses de labor (7 días de salario)

6 a 12 meses de labor (14 días de salario)

Más de 12 meses de labor (28 días de salario)

Cesantía: Se calcula de acuerdo al salario diario, por la cantidad de días correspondientes según la antigüedad en la empresa:

3 a 6 meses de labor (6 días de salario)

6 a 12 meses de labor (13 días de salario)

Más de 1 año y menos de 5 (21 días)

5 años en adelante (23 días por cada año)

De igual manera les dejo el link del ministerio de trabajo, donde hay una herramienta muy friendly para el cálculo de las mismas:

https://calculo.mt.gob.do/

Cualquier duda estamos por aquí a la orden.